OPOSICIÓN AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE CUALQUIER AYUNTAMIENTO DE ANDALUCÍA

TITULACIÓN MÍNIMA: EGB, ESO o equivalente.

REMUNERACIÓN: De 1.100 € a 1.300 € mensuales.

JORNADA LABORAL: 35 horas semanales.

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO: Atención al Público y demás gestiones administrativas como control documental, tratamiento de textos, etc.

PRUEBAS A SUPERAR ELIMINATORIAS: (Genéricas, depende del Ayuntamiento).

  • 1º EJERCICIO. Duración 2 horas. Cuestionario tipo Test de 100 preguntas con 4 respuestas alternativas y 1 sola correcta.
  • 2º EJERCICIO. Duración 30 minutos. Ejercicio práctico sobre el control de textos Writer y Hoja de cálculo Calc del paquete LibreOffice.org.

PREPÁRATE Y CONSIGUE UN EMPLEO FIJO Y ESTABLE DE FUNCIONARIO.

PVP CURSO OPOSICIÓN AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO

225,00 € con 90 días de acceso a la plataforma 24 h / 7 días a la semana.

 345,00 € con 180 días de acceso a la plataforma 24 h / 7 días a la semana.

545,00 € con 360 días de acceso a la plataforma 24 h / 7días a la semana.

Módulo 1MATERIAS GENERALES
Tema 1La Constitución española de 1978. Derechos y Deberes Fundamentales.Pulsa para ver la Demo

LECCIÓN 1. LA CONSTITUCIONES ESPAÑOLA DE 1978.  VALORES SUPERIORES Y PRINCIPIOS INSPIRADORES. DERECHOS Y LIBERTADES. GARANTÍAS Y CASOS DE SUSPENSIÓN 

  1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: CARACTERÍSTICAS.

La Constitución, también conocida como Carta Magna, Ley de leyes, Norma Fundamental,  es  desde el punto de vista del Derecho,  una norma jurídica que regula tanto la estructura como las competencias de las instituciones y órganos del Estado y las relaciones entre ellos. También regula los derechos y deberes fundamentales del individuo y las libertades públicas.

Nuestro Sistema de Fuentes del Derecho  está formado por:

  • La Ley.
  • La Costumbre.
  • Los Principios Generales del Derecho.

Pues bien,  La Constitución es la Ley más importante de todo el ordenamiento jurídico y se sitúa la primera por delante de cualquier otra y disciplinando a las demás.

Desde el punto de vista político podemos definir la Constitución como un instrumento de integración social y de legitimación del sistema democrático.

La Constitución es el ordenamiento de la estructura jurídica estatal, sobre el que se asienta todo el sistema normativo de derecho.

Los valores y contenidos de la Constitución están recogidos a través de gran parte de su articulado.

  1. EVOLUCIÓN DEL CONSTITUCIONALISMO EN ESPAÑA (1808-1937):

Vamos a dar unas pinceladas muy breves sobre los antecedentes históricos del constitucionalismo en España. De esta forma tendremos una visión más clara de cual era la situación de partida y como se ha ido fraguando la historia constitucional en España.

  • Estatuto de Bayona  de 1808. Aunque es admitido por historiadores y constitucionalistas, no se trata realmente de una Constitución, sino de una Carta Otorgada. Para situarnos  Napoleón, Emperador de Francia, en un acto de voluntad personalísimo, nombró Rey de España a su hermano José I, e intentó conformar un Estado de Derecho en España. El texto tuvo nula vigencia en España ya que con la Guerra de la Independencia de 1808 se declararon nulas las abdicaciones de la Corona de España de Carlos IV y Fernando VII en favor de Napoleón Bonaparte.
  • La Constitución de 1812. Hasta la muerte del absolutista Fernando VII «La Pepa» llamada vulgarmente porque se proclamó el 19 de marzo de 1812 y fue el resultado del ejercicio de la soberanía nacional. Se trata de un hito histórico importantísimo, tras la Constitución americana de 1787 y la francesa de 1791, la Constitución Española de 1812 fue la 3ª Constitución en la historia mundial. Se establece la soberanía nacional, la división de poderes, derechos y libertades (libertad de expresión, de propiedad, de igualdad).
  • El Estatuto Real  de 1834. Isabel II, la hija de Fernando VII. El país inmerso en una guerra civil entre los partidarios de que el sistema político sea el de Monarquía absoluta, los  que prefieren un sistema liberal (llamados progresistas), y un tercer sector que propugna la mezcla del Estado Monárquico Liberal. Texto incompleto no contiene ni la declaración de derechos fundamentales ni el funcionamiento de todos los órganos del Estado.
  • A partir del período 1837 – 1939 se fue consolidando el Estado Constitucional adoptándose los siguientes modelos de Estado:
    • Estado Liberal. Con la Constitución de 1837 y la Constitución de 1845. Soberanía nacional, sufragio censitario y derechos y libertades de carácter individual.
    • Estado Liberal Democrático. Con la Constitución no nata de 1856, la Constitución de 1869 y el Proyecto constitucional republicano de 1873. Soberanía nacional, sufragio universal (masculino), ampliación de derechos y libertades y se establece la libertad religiosa.
    • Estado Social y Democrático de Derecho. Con la Constitución de la 2ª República de 1931. Se proclama la soberanía popular, el sufragio universal (masculino y femenino), se incluyen derechos económicos y sociales y se proclama el Estado Laico. La Constitución del 1931 es la que más ha influido en nuestra Constitución actual del 1978.

Durante la Dictadura franquista, al no constituir un régimen constitucional, eran las Leyes Fundamentales del Reino del General Franco las normas supremas y que obviamente no se pueden considerar como Constitución.

Para evitar situaciones traumáticas en la transición de la Dictadura al Estado Democrático de Derecho se puso en marcha una Ley que permitiera la reforma de las Leyes Fundamentales promulgándose la Ley para la Reforma Política de 4 de enero de 1977 bajo la presidencia de Adolfo Suárez. 

Además de esta Ley se puso en marcha la convocatoria de elecciones libres, la legalización de  los partidos políticos y la instauración de una Parlamento Bicameral formado por el Congreso de los Diputados y el Senado.

Podemos establecer por tanto el siguiente calendario como comienzo de la Constitución de 1978:

  • 18 de Noviembre de 1976  Aprobación de las Cortes franquistas de la Ley para la Reforma Política, ratificada en referendum el 15 de diciembre de 1976 y  promulgada como indicamos antes el 04 de enero de 1977.
  • 15 de Junio de 1977 elecciones democráticas de donde surge el proceso constituyente para la elaboración de la la futura Constitución de 1978.
  • 31 de octubre de 1978 aprobación por las Cortes del proyecto de Constitución.
  • 6 de diciembre de 1978 referendum popular aprobando la Constitución.
  • 27 de diciembre de 1978 el Rey Juan Carlos I la sanciona y la promulga. 
  • 29 de diciembre de 1978 se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor.
  • 27 de agosto de 1992 se promulga por el Rey Juan Carlos I la 1ª modificación de la Constitución de 1978 con la reforma del art. 13.2, publicándose en el BOE el día 28 de agosto de 1992 y entrando en vigor ese mismo día.  La modificación se realiza por exigencias de nuestra participación como miembro de la Unión Europea con el objetivo de adaptar el derecho de sufragio de los extranjeros en las elecciones municipales a lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea suscrito el 7 de febrero de 1992, básicamente poder participar del sufragio activo y pasivo.
  • El 27 de septiembre de 2011 se promulga la 2ª modificación de la Constitución de 1978 con la reforma del art 135 con el objetivo de garantizar el principio de estabilidad presupuestaria en todas las Administraciones Públicas respetando los compromisos adquiridos con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social de España.
  1. CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978:

Nuestra Constitución se caracteriza por ser:

  • Formal y escrita.
  • Rígida en cuanto a su reforma, con un procedimiento servero y difícil al ser la Norma Suprema.
  • Cerrada y codificada. Debe ser desarrollada por leyes orgánica o/y ordinarias.
  • Extensa por el número de artículos 169.
  • De origen popular, ya que fue el pueblo español quien la aprobó en referéndum.
  • No es originaria, tiene influencias alemanas, suecas e italianas.
  • Incompleta nos remite constantemente a las leyes que la desarrollan y complementan.
  • Imprecisa y ambigua para adaptarse a las diferentes orientaciones políticas.
  1. ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978:

Estructura formal:

Se refiere a la distribución de los preceptos a lo largo del texto constitucional. Se desarrolla de la siguiente forma:

  • Preámbulo: que recoge la exposición de los motivos que impulsan la norma constitucional y los objetivos que se pretenden alcanzar. 
  • 169 artículos repartidos en:
    • Título Preliminar recogiendo los principios generales.
    • 10 Títulos numerados.
      • Título I: que aborda el tratamiento de los derechos y libertades y el sistema de garantías.
      • Título II: La Jefatura del Estado.
      • Título III: Las Cortes Generales.
      • Título IV: El Gobierno y las Administraciones Públicas.
      • Título V: Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
      • Título VI: El Poder Judicial.
      • Título VII: Recoge el modelo económico.
      • Título VIII: Regula la organización territorial del Estado, define el Estado Autonómico y reconoce la autonomía Local.
      • Título IX: Regula el Tribunal Constitucional.
      • Título X: Regula la reforma constitucional.
    • 4 Disposiciones Adicionales
    • 9 Disposiciones Transitorias.
    • 1 Disposición Derogatoria
    • 1 Disposición Final que establece su entrada en vigor.

Estructura material:

Se entiende por las partes en que la Constitución se divide según la naturaleza de los preceptos que la integran. Esto es:

  • Parte dogmática: centrándose en el reconocimientos de los principios programáticos que van a inspirar el nuevo orden político. Formada por:
    • Título Preliminar.
    • Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales.
  • Parte orgánica: regulando y estableciendo, de manera efectiva, la organización política y jurídica del Estado español. Esta formada por aquellos preceptos que definen la composición y funcionamiento de los órganos constitucionales y las relaciones funcionales y competenciales entre ellos. 
    • Del Título II al Título IX ambos incluidos.
    • La doctrina no acepta la inclusión del Título X de la Reforma Constitucional en la parte orgánica, porque lo considera un instrumento para la defensa del propio texto.
  1. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LOS VALORES SUPERIORES:

El Título preliminar recoger los criterios básicos sobre los que la constitución pretende establecer el orden social, político, institucional y territorial del Estado  a través de:

  • Un Estado Social y Democrático de Derecho.
  • Una Monarquía Parlamentaria.
  • Un Estado Unitario descentralizado.
  • Un Sistema Parlamentario bicameral.
  • La organización territorial del poder.

Los principios informadores del ordenamiento constitucional son:

  • Principio de legalidad.
  • Principio de seguridad jurídica.
  • Principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Los valores superiores del ordenamiento jurídico en España son:

  • El valor libertad.
  • El valor  igualdad.
  • El valor Justicia.
  • Pluralismo político.

A continuación haremos un recorrido sobre la primera parte de la Constitución que inevitablemente debemos conocer en todo su articulado para superar la prueba de la Oposición. Pulsar el link y al final del articulado podrás realizar cuantas veces quieras los cuestionarios tipo Test para tener certeza que pasamos al segundo tema con conocimiento básico de nuestra carta Magna.

CONSTITUCIÓN, PREÁMBULO. TÍTULO I. DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES.
 
Tema 2La Reforma Constitucional. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.
Tema 3La Corona. Funciones Constitucionales del Rey. Refrendo. Sucesión y Regencia.
Tema 4Las Cortes Generales. El Poder Legislativo.
Tema 5El Poder Ejecutivo. El Gobierno
Tema 6El Poder Judicial
Tema 7La Administración General del Estado.Los ministros,secretarios de estados, subsecretarios, administración periférica del estado. Órganos y competencias. Otros órganos administrativos.
Tema 8la organización territorial del estado. las comunidades autónomas: constitución y distribución de competencias entre el estado y las comunidades autónomas. la administración local: entidades que la integran. la provincia, el municipio y la isla.
Tema 9Estatuto de Autonomía de Andalucía Fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la CCAA y reforma del Estatuto.
Tema 10Cuestionario tipo Test de Materias Generales.
Examen del Módulo
Módulo 2ADMINISTRACIÓN LOCAL
Tema 11Bienes, actividades y servicios.
Tema 12Haciendas Locales. Recursos económicos, tipos de ingresos
Tema 13El presupuesto de la Administración Local. Concepto y estructura de gastos e ingresos . Contenido y aprobación. Los créditos y sus modificaciones. Ejecución y liquidación
Tema 14El personal funcionario al servicio de las entidades locales. situaciones de los funcionarios locales.
Tema 15Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales
Tema 16Políticas de igualdad de género. ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público.
Tema 17La ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Tema 18La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales: objeto y ámbito de aplicación.
Tema 19Cuestionarios tipo Test de la Administración Local.
Examen del Módulo
Módulo 3PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tema 20Acto Administrativo
Tema 21Procedimiento Administrativo
Tema 22Recursos Administrativos
Tema 23Contencioso-Administrativo
Tema 24Contratos con el Sector Público
Tema 25Cuestionarios tipo Test del procedimiento administrativo.
Examen del Módulo
Módulo 4CONTROL DOCUMENTAL
Tema 26Entrada y salida de documentos
Tema 27Información ciudadana. Atención al público
Tema 28Ofimática
Tema 29Cuestionario tipo Test de control documental.
Examen del Módulo
Módulo 5SIMULACROS DE EXÁMENES OFICIALES AUXILIAR ADMINISTRATIVO AYUNTAMIENTOS DE ANDALUCÍA
Examen Final