CONCURSO – OPOSICIÓN CELADOR SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (SAS)

TITULACIÓN MÍNIMA: Certificado de estudios, EGB, ESO o equivalente.

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JORNADA LABORAL: 35 horas semanales.

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO: Transporte de historias clínicas a archivo, de analíticas a laboratorio, sueros. Colaboración en la movilización de pacientes para realizar cambios posturales, realizar pruebas diagnósticas, etc.

OPOSICIÓN: Eliminatoria, con una duración de 4 horas y las siguientes etapas:

  1. Test de 100 preguntas con 4 respuestas alternativas y 1 sola válida.
  2. Test de 50 preguntas prácticas también con 4 respuestas alternativas y 1 sola válida.
  • CONCURSO DE MÉRITOS: Solo para quien haya superado la fase de Oposición.

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Módulo 1TEMARIO COMÚN (I)
Tema 1La Constitución Española de 1978: Valores superiores y principios inspiradores; Derechos y deberes fundamentales; El Derecho a la protección de la salud.Pulsa para ver la Demo

TEMA 1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: VALORES SUPERIORES Y PRINCIPIOS INSPIRADORES; DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES. EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD.

  1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: CARACTERÍSTICAS.

La Constitución, también conocida como Carta Magna, Ley de leyes, Norma Fundamental,  es  desde el punto de vista del Derecho,  una norma jurídica que regula tanto la estructura como las competencias de las instituciones y órganos del Estado y las relaciones entre ellos. También regula los derechos y deberes fundamentales del individuo y las libertades públicas.

Nuestro Sistema de Fuentes del Derecho  está formado por:

  • La Ley.
  • La Costumbre.
  • Los Principios Generales del Derecho.

Pues bien,  La Constitución es la Ley más importante de todo el ordenamiento jurídico y se sitúa la primera por delante de cualquier otra y disciplinando a las demás.

Desde el punto de vista político podemos definir la Constitución como un instrumento de integración social y de legitimación del sistema democrático.

La Constitución es el ordenamiento de la estructura jurídica estatal, sobre el que se asienta todo el sistema normativo de derecho.

Los valores y contenidos de la Constitución están recogidos a través de gran parte de su articulado.

  1. EVOLUCIÓN DEL CONSTITUCIONALISMO EN ESPAÑA (1808-1937):

Vamos a dar unas pinceladas muy breves sobre los antecedentes históricos del constitucionalismo en España. De esta forma tendremos una visión más clara de cual era la situación de partida y como se ha ido fraguando la historia constitucional en España.

  • Estatuto de Bayona  de 1808. Aunque es admitido por historiadores y constitucionalistas, no se trata realmente de una Constitución, sino de una Carta Otorgada. Para situarnos  Napoleón, Emperador de Francia, en un acto de voluntad personalísimo, nombró Rey de España a su hermano José I, e intentó conformar un Estado de Derecho en España. El texto tuvo nula vigencia en España ya que con la Guerra de la Independencia de 1808 se declararon nulas las abdicaciones de la Corona de España de Carlos IV y Fernando VII en favor de Napoleón Bonaparte.
  • La Constitución de 1812. Hasta la muerte del absolutista Fernando VII “La Pepa” llamada vulgarmente porque se proclamó el 19 de marzo de 1812 y fue el resultado del ejercicio de la soberanía nacional. Se trata de un hito histórico importantísimo, tras la Constitución americana de 1787 y la francesa de 1791, la Constitución Española de 1812 fue la 3ª Constitución en la historia mundial. Se establece la soberanía nacional, la división de poderes, derechos y libertades (libertad de expresión, de propiedad, de igualdad).
  • El Estatuto Real  de 1834.Isabel II, la hija de Fernando VII. El país inmerso en una guerra civil entre los partidarios de que el sistema político sea el de Monarquía absoluta, los  que prefieren un sistema liberal (llamados progresistas), y un tercer sector que propugna la mezcla del Estado Monárquico Liberal. Texto incompleto no contiene ni la declaración de derechos fundamentales ni el funcionamiento de todos los órganos del Estado.
  • A partir del período 1837 – 1939 se fue consolidando el Estado Constitucional adoptándose los siguientes modelos de Estado:
    • Estado Liberal. Con la Constitución de 1837 y la Constitución de 1845. Soberanía nacional, sufragio censitario y derechos y libertades de carácter individual.
    • Estado Liberal Democrático. Con la Constitución no nata de 1856, la Constitución de 1869 y el Proyecto constitucional republicano de 1873. Soberanía nacional, sufragio universal (masculino), ampliación de derechos y libertades y se establece la libertad religiosa.
    • Estado Social y Democrático de Derecho. Con la Constitución de la 2ª República de 1931. Se proclama la soberanía popular, el sufragio universal (masculino y femenino), se incluyen derechos económicos y sociales y se proclama el Estado Laico. La Constitución del 1931 es la que más ha influido en nuestra Constitución actual del 1978.

Durante la Dictadura franquista, al no constituir un régimen constitucional, eran las Leyes Fundamentales del Reino del General Franco las normas supremas y que obviamente no se pueden considerar como Constitución.

Para evitar situaciones traumáticas en la transición de la Dictadura al Estado Democrático de Derecho se puso en marcha una Ley que permitiera la reforma de las Leyes Fundamentales promulgándose la Ley para la Reforma Política de 4 de enero de 1977 bajo la presidencia de Adolfo Suárez. 

Además de esta Ley se puso en marcha la convocatoria de elecciones libres, la legalización de  los partidos políticos y la instauración de una Parlamento Bicameral formado por el Congreso de los Diputados y el Senado.

Podemos establecer por tanto el siguiente calendario como comienzo de la Constitución de 1978:

  • 18 de Noviembre de 1976  Aprobación de las Cortes franquistas de la Ley para la Reforma Política, ratificada en referendum el 15 de diciembre de 1976 y  promulgada como indicamos antes el 04 de enero de 1977.
  • 15 de Junio de 1977 elecciones democráticas de donde surge el proceso constituyente para la elaboración de la la futura Constitución de 1978.
  • 31 de octubre de 1978 aprobación por las Cortes del proyecto de Constitución.
  • 6 de diciembre de 1978 referendum popular aprobando la Constitución.
  • 27 de diciembre de 1978 el Rey Juan Carlos I la sanciona y la promulga. 
  • 29 de diciembre de 1978 se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor.
  • 27 de agosto de 1992 se promulga por el Rey Juan Carlos I la 1ª modificación de la Constitución de 1978 con la reforma del art. 13.2, publicándose en el BOE el día 28 de agosto de 1992 y entrando en vigor ese mismo día.  La modificación se realiza por exigencias de nuestra participación como miembro de la Unión Europea con el objetivo de adaptar el derecho de sufragio de los extranjeros en las elecciones municipales a lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea suscrito el 7 de febrero de 1992, básicamente poder participar del sufragio activo y pasivo.
  • El 27 de septiembre de 2011 se promulga la 2ª modificación de la Constitución de 1978 con la reforma del art 135 con el objetivo de garantizar el principio de estabilidad presupuestaria en todas las Administraciones Públicas respetando los compromisos adquiridos con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social de España.
  1. CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978:

Nuestra Constitución se caracteriza por ser:

  • Formal y escrita.
  • Rígida en cuanto a su reforma, con un procedimiento servero y difícil al ser la Norma Suprema.
  • Cerrada y codificada. Debe ser desarrollada por leyes orgánica o/y ordinarias.
  • Extensa por el número de artículos 169.
  • De origen popular, ya que fue el pueblo español quien la aprobó en referéndum.
  • No es originaria, tiene influencias alemanas, suecas e italianas.
  • Incompleta nos remite constantemente a las leyes que la desarrollan y complementan.
  • Imprecisa y ambigua para adaptarse a las diferentes orientaciones políticas.
  1. ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978:

Estructura formal:

Se refiere a la distribución de los preceptos a lo largo del texto constitucional. Se desarrolla de la siguiente forma:

  • Preámbulo: que recoge la exposición de los motivos que impulsan la norma constitucional y los objetivos que se pretenden alcanzar. 
  • 169 artículos repartidos en:
    • Título Preliminar recogiendo los principios generales.
    • 10 Títulos numerados.
      • Título I: que aborda el tratamiento de los derechos y libertades y el sistema de garantías.
      • Título II: La Jefatura del Estado.
      • Título III: Las Cortes Generales.
      • Título IV: El Gobierno y las Administraciones Públicas.
      • Título V: Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
      • Título VI: El Poder Judicial.
      • Título VII: Recoge el modelo económico.
      • Título VIII: Regula la organización territorial del Estado, define el Estado Autonómico y reconoce la autonomía Local.
      • Título IX: Regula el Tribunal Constitucional.
      • Título X: Regula la reforma constitucional.
    • 4 Disposiciones Adicionales
    • 9 Disposiciones Transitorias.
    • 1 Disposición Derogatoria
    • 1 Disposición Final que establece su entrada en vigor.

Estructura material:

Se entiende por las partes en que la Constitución se divide según la naturaleza de los preceptos que la integran. Esto es:

  • Parte dogmática: centrándose en el reconocimientos de los principios programáticos que van a inspirar el nuevo orden político. Formada por:
    • Título Preliminar.
    • Título I. De los Derechos y Deberes Fundamentales.
  • Parte orgánica: regulando y estableciendo, de manera efectiva, la organización política y jurídica del Estado español. Esta formada por aquellos preceptos que definen la composición y funcionamiento de los órganos constitucionales y las relaciones funcionales y competenciales entre ellos. 
    • Del Título II al Título IX ambos incluidos.
    • La doctrina no acepta la inclusión del Título X de la Reforma Constitucional en la parte orgánica, porque lo considera un instrumento para la defensa del propio texto.
  1. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LOS VALORES SUPERIORES:

El Título preliminar recoger los criterios básicos sobre los que la constitución pretende establecer el orden social, político, institucional y territorial del Estado  a través de:

  • Un Estado Social y Democrático de Derecho.
  • Una Monarquía Parlamentaria.
  • Un Estado Unitario descentralizado.
  • Un Sistema Parlamentario bicameral.
  • La organización territorial del poder.

Los principios informadores del ordenamiento constitucional son:

  • Principio de legalidad.
  • Principio de seguridad jurídica.
  • Principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Los valores superiores del ordenamiento jurídico en España son:

  • El valor libertad.
  • El valor  igualdad.
  • El valor Justicia.
  • Pluralismo político.

   6.  EL DERECHO A LA SALUD.

Se encuentra recogido en el artículo 43 del Capítulo III de los principios rectores de la política social y económica dentro del Título I de los derechos y deberes fundamentales y dice lo siguiente:

    1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

    2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

    3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.

La Constitución Española de 1978,  en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud, encomendando a los poderes públicos ( » concepto genérico que incluye a todos aquellos entes ( y sus órganos ) que ejercen un poder de imperio, derivado de la soberanía del Estado y procedente, en consecuencia, a través de una mediación más o menos larga, del propio pueblo» STC 35/1983, de 11 de mayo ) organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. En su artículo 41, de indudable conexión temática con el artículo comentado, la Constitución establece que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad. A su vez, el artículo 38.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social incluye dentro de la acción protectora del ámbito de la Seguridad Social «la asistencia sanitaria en los casos de maternidad, de enfermedad común o profesional y de accidentes, sean o no de trabajo». En fin, el título VIII del texto constitucional diseña una nueva organización territorial del Estado que posibilita la asunción por las Comunidades Autónomas de competencias en materia de sanidad, reservando para aquél la sanidad exterior, la regulación de las bases y la coordinación general de la sanidad y la legislación sobre productos farmacéuticos. Al amparo de las previsiones constitucionales y de los respectivos Estatutos de Autonomía, todas las Comunidades Autónomas han asumido paulatinamente competencias en materia de sanidad. Este proceso se ha completado con un modelo estable de financiación, a través de la aprobación de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, aunque a estos efectos también hay que considerar las modificaciones introducidas en dicho sistema de financiación por las leyes 22 y 23 de 2009 y la orgánica complementaria 3/2009.

A continuación haremos un recorrido sobre la primera parte de la Constitución que inevitablemente debemos conocer en todo su articulado para superar la prueba de la Oposición. Pulsar el link y al final del articulado podrás realizar cuantas veces quieras los cuestionarios tipo Test para tener certeza que pasamos al segundo tema con conocimiento básico de nuestra carta Magna.

CONSTITUCIÓN, PREÁMBULO. TÍTULO I. DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES.
Tema 2El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Valores superiores y objetivos básicos; Derechos sociales, deberes y políticas públicas; Competencias en materia de salud; Organización institucional de la Comunidad Autónoma; Elaboración de las normas.
Tema 3Organización sanitaria (I). Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad: Principios Generales; Competencias de las Administraciones Públicas; Organización General del Sistema Sanitario Público. Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía: Objeto, principios y alcance; Derechos y deberes de los ciudadanos respecto de los servicios sanitarios en Andalucía; Efectividad de los derechos y deberes. Plan Andaluz de Salud: compromisos.
Tema 4Organización sanitaria (II). Estructura, organización y competencias de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud. Asistencia Sanitaria en Andalucía: La estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria en Andalucía. Ordenación de la Asistencia Especializada en Andalucía. Organización de la Atención Primaria. Organización Hospitalaria. Áreas de Gestión Sanitarias. Continuidad asistencial entre niveles asistenciales.
Tema 5TEST TEMARIO COMÚN (I)
Examen del Módulo
Módulo 2TEMARIO COMÚN (II)
Tema 6Protección de datos. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal: Objeto, ámbito de aplicación y principios; Derechos de las personas. La Agencia Española de Protección de Datos.
Tema 7Prevención de riesgos laborales. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones; Consulta y participación de los trabajadores. Organización de la prevención de riesgos laborales en el Servicio Andaluz de Salud: las Unidades de Prevención en los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud. Manejo de sustancias biológicas. Higiene de manos. La postura. Las pantallas de visualización de datos. El pinchazo accidental. Agresiones a profesionales. Control de situaciones conflictivas.
Tema 8Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía: Objeto; Ámbito de aplicación; Principios generales; Políticas públicas para la promoción de la igualdad de género. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Prevención y Protección Integral Contra la Violencia de Género: Objeto; Ámbito de aplicación; Principios rectores; Formación a profesionales de la salud.
Tema 9Régimen Jurídico del Personal. Régimen de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud: Clasificación del personal estatutario; Derechos y deberes; Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo; Provisión de plazas, selección y promoción interna; Movilidad del personal; Carrera Profesional; Retribuciones; Jornadas de trabajo, permisos y licencias; Situaciones del personal estatutario; Régimen disciplinario; Derechos de representación, participación y negociación colectiva.
Tema 10Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica: El derecho de información sanitaria; El derecho a la intimidad; El respeto de la autonomía del paciente; La historia clínica. El consentimiento informado. Tarjeta sanitaria.
Tema 11TEST TEMARIO COMÚN (II)
Examen del Módulo
Módulo 3TEMARIO ESPECÍFICO
Tema 12Visión general del celador como profesional del sistema sanitario público. Los profesionales y la Sanidad. El trabajo en equipo. El celador como integrante de los equipos de trabajo del Sistema Sanitario. Las unidades clínicas de gestión.
Tema 13El Celador en su puesto de trabajo I. El Celador en las Unidades de Hospitalización, Bloque Quirúrgico y en las Unidades de Cuidados Críticos y Urgencias.
Tema 14El Celador en su puesto de trabajo II. El Celador en el Área de Consultas Externas, en suministros, almacenes, farmacia y resto de puestos. El Celador en Salud Mental.
Tema 15Movilización y traslado de pacientes. Técnicas de movilización. Traslado de paciente encamado, en camilla y en silla de ruedas. Posiciones anatómicas básicas.
Tema 16Manual de estilo del servicio andaluz de salud. Valores y principios del Servicio Andaluz de Salud. Características de la atención. La atención sanitaria y su organización.
Tema 17Habilidades sociales y comunicación. El ciudadano como centro de nuestro Sistema Sanitario. La comunicación como herramienta de trabajo. Estilos de comunicación.
Tema 18Prevención de riesgos laborales en los celadores. Riesgos en seguridad, higiénicos, ergonómicos, psicosociales y organizativos. Gestión medioambiental: contribución de las tareas de los celadores al cuidado del medio ambiente.
Tema 19Plan de emergencias ante un posible incendio. Medidas preventivas. Conceptos básicos. Medios técnicos de protección. Equipos de Primera Intervención (EPI), sus funciones. Actuaciones a realizar.
Tema 20TEST TEMARIO ESPECÍFICO
Examen del Módulo
Módulo 4MATERIA ESPECÍFICA
Tema 21
Examen del Módulo
Módulo 5EXAMEN FINAL CELADOR DEL SAS
Tema 22
Examen del Módulo
Módulo 6SIMULACRO 1 PARTE TEÓRICA OPOSICIÓN CELADOR
Tema 23
Examen del Módulo
Módulo 7SIMULACRO 2 PARTE TEÓRICA OPOSICIÓN CELADOR
Tema 24
Examen del Módulo
Módulo 8SIMULACRO 3 PARTE TEÓRICA OPOSICIÓN CELADOR
Tema 25
Examen del Módulo
Módulo 9SIMULACRO 1 PARTE PRÁCTICA CELADOR
Tema 26
Examen del Módulo
Módulo 10SIMULACRO 2 PARTE PRÁCTICA CELAD
Tema 27
Examen del Módulo
Módulo 11SIMULACRO 3 PARTE PRÁCTICA CELAD
Tema 28
Examen del Módulo
Módulo 12REPASO TEST
Examen Final